top of page

Servicio A

Este servicio se dirige a los extranjeros mayores de edad (aislados o en familias con menores a cargo) o a los hijos menores de edad en presencia de un representante legal, que estén solicitando una primera solicitud de asilo o que deseen presentar una solicitud de revisión, y que consiste en:

• Informar al extranjero sobre el procedimiento de asilo,

• Complete el formulario de registro de solicitud de asilo en línea y haga una cita en GUDA utilizando el software nacional, el portal SIAEF,

• Entregar al solicitante de asilo la citación en la que aparece su foto digital, que le permita justificar su presencia en el territorio,

• Reporte a los extranjeros vulnerables, remítalos si es necesario a los servicios de salud o a organizaciones benéficas,

• Pida marcar el 115 para acceder al alojamiento dentro del MADA (Refugio para Solicitantes de Asilo) en caso de necesidad o falta de alojamiento,

• Referirse a Centros de Acogida.

En el caso de los menores no acompañados solicitantes de asilo, deberán ser representados en sus gestiones en todas las etapas del procedimiento por un representante legal. Tan pronto como el menor se presente solo a la SPADA, será derivado a los servicios de Asistencia Social a la Infancia, y más particularmente al servicio de UAM (Menores No Acompañados).

Servicio B

Este servicio consiste en prestar apoyo social y administrativo a los solicitantes de asilo tras su paso por la ventanilla única con:

• La domiciliación y la emisión de un certificado de domiciliación,

• Información sobre los trámites relativos a la solicitud de asilo,

• Explicación del procedimiento y domiciliación,

• La recopilación escrita del relato de la persona, su traducción y envío a la OFPRA,

• Remisión a la Liga de Derechos Humanos o abogados especializados en leyes de inmigración para dublineses (si es necesario),

• Acceso a la aplicación “ANITO”, que permite consultar vía internet, si se ha recibido correo por parte del servicio,

• Entrega y explicación del correo relacionado con el procedimiento de solicitud de asilo,

• Trámites relacionados con Asistencia Jurídica (sólo para recurso ante el CNDA),

• El enlace con los abogados, la OFII, la OFPRA, la CNDA, en caso de problema,

• Envío de documentos adicionales a OFPRA, CNDA, abogados,

• Poner a las personas en contacto con traductores para la traducción de las pruebas (traducción a cargo de las familias), La cobertura de este servicio puede verse interrumpida en varios casos:

Si la persona es referida a un dispositivo de alojamiento de ADN,

Si la persona no recoge su correo y/o no asiste a sus citas,

Si el comportamiento de la persona no es adecuado (comportamiento violento hacia los usuarios o el personal).

La OFII será notificada y derivará a la persona a otra estructura de domiciliación. Las personas que deseen presentar una solicitud de revisión de su expediente de solicitud de asilo domiciliado en la SPADA serán acompañadas en este proceso por nuestros agentes.Los plazos para las revisiones son cortos, concretamente de 8 días.

Servicio C

Este servicio consiste en el acompañamiento de personas a las que se haya concedido el estatuto de refugiado o protección subsidiaria.

La duración del apoyo es de 6 meses desde la notificación de la decisión positiva de la OFPRA o del CNDA. Se informa a la SPADA cuando se abren las cartas recibidas por solicitantes de asilo (DA) beneficiarios del estatus.

Este servicio tiene como objetivo garantizar un apoyo administrativo y social individualizado para los beneficiarios que no están cubiertos por un sistema específico.

El apoyo brindado en este contexto incluye las siguientes acciones:

- Mantener la residencia en el SPADA, a la espera de una residencia de derecho común, - Informar al refugiado de las gestiones a realizar en los siguientes ámbitos: estancia, derechos sociales, alojamiento y vivienda, empleo y formación y, en su caso, en su caso, la procedimiento de reunificación familiar,

- Poner al refugiado en contacto con la Dirección Territorial de la OFII para la firma del CIR (Contrato Republicano de Integración) y formación lingüística y cívica,

- Poner al refugiado en contacto con los servicios competentes para la apertura efectiva de los derechos sociales correspondientes a su situación: prestaciones sociales y familiares, presentación de solicitud de vivienda o alojamiento de integración, solicitud de intermediación de alquiler y apoyo a la vivienda social,

- Informar y apoyar al refugiado en sus trámites de reconocimiento de títulos y/o convalidación profesional. El objeto de este apoyo es el establecimiento de sus derechos y acceso a una vivienda independiente o asistida.

Este servicio se contrata entre el usuario y el trabajador social por un período de 6 meses, donde se solicita una participación activa del usuario en aras de la integración. Dirigimos sistemáticamente las BPI al sistema ACCELAIR (siempre que esté presente en el territorio de que se trate) para su posterior atención (integración profesional, vivienda)

.

bottom of page